El Consejo General de Colegios Oficiales de Ingenieros Técnicos Industriales (COGITI) aprueba el “Código Deontológico y de Actuación Profesional de la Ingeniería Técnica Industrial”, donde se definen las exigencias éticas de la conducta de sus profesionales, que son de obligado cumplimiento.
En la Asamblea General Ordinaria del COGITI se aprobó dicho Código cuyo contenido es de obligado cumplimiento para todos los profesionales que ejerzan la profesión sustentada en su titulación, sea por cuenta propia o ajena.
La función social de la profesión de Ingeniero Técnico Industrial exige el establecimiento de unas normas deontológicas que definan con claridad las exigencias éticas de la conducta de sus profesionales y que eviten comportamientos inadecuados.
Las actividades propias de la profesión requieren conocimientos científicos y técnicos, experiencia y sentido práctico, en servicio tanto al bien público como al privado.
La responsabilidad profesional y los principios deontológicos de conducta deben servir como modelo para la vida profesional, sujetando su ejercicio a la función social que se ha de cumplir, promoviendo las condiciones para el progreso social, en un mejor servicio a la sociedad.